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Reforma al outsourcing, un Frankenstein laboral

Por Marielena Vega

La reforma al outsourcing es un retroceso para el país, dada la ineficacia del gobierno para hacer su trabajo: Raúl Maillard, socio del despacho Maillard y director general del área laboral de Canacintra

Esta ley, que prohíbe la subcontratación, se confunde con atacar a los factureros. El gobierno siempre se ha confundido con la venta de facturas, ellos al ser autoridad deben saber cómo detener al defraudador fiscal.
Esta ley es como si se decidiera matar a los enfermos crónicos en lugar de curarlos.
Definitivamente, estas nuevas regulaciones van en detrimento de la industria, esto mismo se hizo en Venezuela y Brasil, y muchas empresas e industria privada se fueron a quiebra.

Esta reforma va en contra del derecho:

  1. Resultan excesivas las multas que propone el impacto confiscatorio, esto va a impedir dar cumplimiento a los derechos de los trabajadores.
  2. Existe la carencia de claridad en el artículo 127, fracción VIII relacionada con la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU), por naturaleza constitucional a los trabajadores. Al existir topes a las utilidades, la pregunta es: ¿qué destino tendrá la PTU que no se reparta?
  3. Se propone que se preste servicio personal, o mediante empresa siempre y cuando se tramite un permiso ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), esto violenta el artículo 5 constitucional que permite la libertad de trabajo.
  4. Además, dentro de las funciones de la STPS no se ostenta la actividad para otorgar permisos y decidir qué empresa está dentro del registro de servicios y cuál no.
  5. La reforma permite servicios complementarios o compartidos, prestados entre un mismo grupo empresarial.

Una empresa se considera holding si está en el mercado accionario de valores, de lo contrario no podrá ser considerada como grupo empresarial ni tener actividades compartidas.

Esto pone a un 90% de empresas en riesgo de no estar enlistadas como holding.

 

La reforma al outsourcing, un fin de carácter impositivo y recaudatorio: Ary Argumedo, abogado laboral del despacho Maillard

La reforma, en general, es una modificación y derogación de los artículos 12, 13, 16 y 41. Y una modificación del artículo 27.
Desaparece la subcontratación como hasta ahora la hemos conocido. Sólo se acepta suministro de personal para ejecución de obras especializadas, siempre y cuando se cumplan tres requisitos:

  1. El servicio especializado no puede ser parte del objetivo principal de la empresa.
  2. La STPS y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se van a fijar mucho en la facturación de la empresa.
  3. El patrón será responsable con quien le suministre los servicios.

Para ello se creará un padrón de subcontratistas que deberá estar listo en los 30 días hábiles después de la publicación de la Ley de Outsourcing.

Para que una empresa sea parte de ese padrón, debe estar en regla en compromisos sociales, legales y fiscales.

De lo contrario, la SHCP tiene la facultad de quitar el registro si detecta que está faltando en alguno de estos tres puntos. Al igual que la STPS, el IMSS, el Infonavit, el SAT.

Aún hay más…

Se hace responsables a las empresas de los empleados y de la infraestructura, es decir, el empresario debe migrar a todos sus trabajadores en 90 días para evitar pasar por el proceso de sustitución real.

Dados los procesos legales y administrativos, es complejo que en ese tiempo las empresas cumplan con el proceso. El riesgo es que 30% de ese sector no pueda cumplir y desaparezcan.

En Venezuela se llevó un proceso similar, y en un año no se alcanzó la migración, por el contrario, la quiebra de empresas fue alta, al igual que la salida de inversión extranjera.

La ley que regula el outsourcing es aberrante y vuelve a caer en lo de siempre, favorece a algunos: César Maillard Cárdenas, socio director del despacho Maillard

Hay muchos puntos que determinan lo aberrante de esta ley:

  • Indefinición de en qué tiempo las empresas se deben registrar ante la SCHP como obras de especializados. Y como esto tiene implicaciones fiscales, se corre el riesgo, al tener una indefinición, de que la empresa tenga problemas de traslado del IVA por algunos criterios que no estén definidos en la ley.
  • La transitoriedad es muy corta, considerando tres meses, cuando a las empresas de gobierno les da un año.
  • No hay certeza de prestación de servicios temporales en el campo, en el comercio y en el turismo. Donde debería seguirse permitiendo la subcontratación por temporalidad a micro, pequeños y medianos empresarios.
  • Existen 4 millones de trabajadores que se emplean bajo el esquema de outsourcing o subcontratación, de los cuales, las empresas deberán definir qué personal van a absorber en relación con la fórmula actual.

Por costos, muchos trabajadores se quedarían sin empleo.

  • Es una reforma que va en contra de la flexibilidad del trabajo que existe en otros países.
    También es una reforma que genera terrorismo fiscal y empresarial.

 

El outsourcing es esencial, particularmente en economías como la mexicana: Gricha Raether, representante del Partido Demócrata en México

Entendemos que el gobierno mexicano busca proteger los derechos del trabajador. Como demócrata, eso es muy loable y eso se busca.

El punto es que se debe permitir la flexibilidad laboral, que las empresas puedan mitigar su riesgo, catalizar y facilitar los negocios que tanto han sido afectados por la pandemia.

El objetivo es que se haga atractivo el mercado mexicano. Vía el TMEC no se podría poner un proceso legal.

“No hay un apartado en el TMEC que hable sobre la legislación interna laboral de un país para tener injerencia. Pero las firmas norteamericanas podrían replantear sus inversiones”.

“Te hablo como empresario, si no se cuenta con las condiciones y flexibilidad para poder seguir emprendiendo un negocio, entonces se replantean las condiciones de inversión”.

Hay empresas muy precisas, que necesitan el outsourcing como herramienta esencial, entonces, ya sin la flexibilidad de decidir y ventajas, deberán replantear sus operaciones.

El no ofrecer el outsourcing como se venía haciendo, es un cambio radical y se podrían replantear inversiones norteamericanas: Larry Rubin, presidente de la comunidad norteamericana en México y representante del Partido Republicano

El outsourcing se hace en todo el mundo, México no puede ir en contra de todo lo que se realiza en los países desarrollados, se requiere empleo.

Hoy es un cambio importante y las empresas deberán analizar.

No eran las medidas más adecuadas en estos momentos, sino buscar formas de apoyar al empresario, de que haya más empleo y de no minar.

Sí existe la posibilidad de que empresas norteamericanas generen algún proceso legal, porque se va en contra de la naturaleza o bases en que se constituyen muchas empresas. Y la relación que hay entre las tres naciones.

México deberá replantear que hay otros países con mayor flexibilidad en materia laboral.

Sí hay preocupación de las empresas norteamericanas en la toma de decisiones que se están dando en materia de outsourcing. Están replanteando sus inversiones y generación de empleo.

El no ofrecer el outsourcing como se ofrecía, es un cambio radical y eso puede ser uno de los factores decisivos para las empresas, para que analicen si invierten más o ya no en México.

Claroscuros en la reforma al outsourcing: Lorenzo Roel, presidente del sector laboral del CCE

El proceso es complejo y con tiempos limitados, a muchas empresas se les dificultará por los trámites administrativos que deberán hacer ante el SAT, Infonavit e IMSS. No se sabe a ciencia cierta cuántas se registrarán. Y si la Secretaría de Hacienda tiene la capacidad para atenderlas en tres meses.
El riesgo es que se pueden complicar los procedimientos, y ante ello, las facturas no sean deducibles y no puedan trasladar el IVA.

  • Se aclaró que se podrán subcontratar servicios u obras subcontratadas que no sean parte de lo esencial de la actividad preponderante de la empresa.
  • Prestaciones, servicios u obras compartidas. Se pueden seguir dando servicios interempresas. Hoy será un registro, no un permiso.
  • Dentro del propio registro existirá afirmativa ficta, es decir, si entre los 20 días hábiles que se registra una empresa la Secretaría de Hacienda no contesta, se dará por registrada la empresa o persona física empresarial. Aunque de igual manera el SAT, IMSS, Infonavit o la STPS pueden cancelar el registro en caso de detectar irregularidad.

Hay riesgo para 4 millones de empleados que hoy están en el esquema de outsourcing.

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