Actualidad laboral

Rumbo a una Reforma Fiscal

Partiendo del compromiso manifestado por el Ejecutivo Federal de que no habrá más o mayores impuestos, pero sí una mejor recaudación, las reformas fiscales para 2020 proponen medidas que cierren espacios a la evasión y permitan ampliar la base gravable. El proceso legislativo concluyó el pasado 30 de octubre y sólo queda pendiente la publicación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación

El proceso legislativo concluyó el pasado 30 de octubre y sólo queda pendiente la publicación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación

De acuerdo con Manuel Rico, socio de Impuestos Internacionales de KPMG en México, tres aspectos son los más relevantes para el próximo año:

  1. Tributación internacional

Mediante una redacción poco clara, se establece que no se reconocerá la transparencia fiscal en México de entidades y figuras extranjeras que en su país de residencia no se encuentren sujetas a impuestos, sino sus socios o accionistas; esta reforma que entrará en vigor en 2021, afectaría a fondos de capital privado que invierten en México, por eso, en esa misma fecha entrará en vigor un estímulo que dará transparencia fiscal a las figuras extranjeras que sean usadas para invertir capital privado en nuestro país

Así, tenemos que a partir de 2020, cualquier pago efectuado a un residente en un país que grave el ingreso a una tasa menor a 22.5% sería no deducible en México, como podrían ser los pagos a Estados Unidos que califiquen a la tasa reducida de 13.125% en el caso de ingresos por intangibles, pagos de intereses a fondos de pensiones, entre otros casos. Si bien no se aumenta la tasa del ISR, sí se amplía su base limitando la deducción de intereses.

  1. Economía digital

Para simplificar el pago del ISR para las personas físicas, la retención que se efectúe sobre el total de los ingresos, sin incluir el IVA, tendrá el carácter de pago provisional

Las plataformas digitales utilizadas deberán enterar la retención mediante declaración que se presentará a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al mes por el que se efectuó la retención respecto de cada persona física que preste servicios o enajene bienes a través de las plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

Se establece la obligación del residente en el extranjero de registrarse en México para efectos del IVA y de retenciones de impuesto.

  1. Combate a la evasión

Una de las actualizaciones a destacar, es que para evitar que las empresas que facturan operaciones inexistentes se liquiden sin responsabilidad para los liquidadores, se adecuan los supuestos de responsabilidad solidaria para que los liquidadores lo sean por las contribuciones que debió pagar la sociedad en liquidación o quiebra durante su gestión; además, se propone adecuar la responsabilidad solidaria de la gerencia general o de la administración única de las personas morales, así como de socios, accionistas o asociantes por las contribuciones causadas o no retenidas durante su gestión.