El amparo siempre ha funcionado, a mí me parece gravísimo que circulen las iniciativas de crear una Tercera Sala en la Corte, y entonces que no proceda la suspensión en el amparo, creo que lo único que señalaría es que van a cerrar la puerta de acceso a la justicia a los gobernados, en aras de una política autoritaria”, argumenta Claudia Aguilar, abogada constitucional.
Es muy delicado tratar de hacerle modificaciones o adaptaciones, yo creo que los tres instrumentos en su conjunto garantizan que ningún acto quede fuera de control de constitucionalidad, porque por independientes que sean los tratados comerciales en el tema del bloque de inconstitucionalidad, incluso podrían llegar a estar por encima de lo que establece la Constitución, pues a ésta la tenemos en una estructura muy piramidal.
Entonces se tiene que salvaguardar la regularidad del orden constitucional.
Yo creo que funciona, y funciona bien desde la perspectiva de quienes son legitimados, quienes pueden promover uno u otro control, en qué plazo y para garantizar que ningún acto quede fuera del orden
En eso sí hay una tarea importante por parte del Poder Judicial, porque una acción de constitucionalidad, por ejemplo, la puede promover una minoría parlamentaria, o cuando menos el 33%, entonces no sé si expiden la ley de extensión de dominio, y la minoría no está de acuerdo, la parlamentaria, pues podrá impugnar dentro de los plazos que establecen las leyes, la inconstitucionalidad de esta norma entre la Corte.
Hemos sabido mucho a lo largo de nuestra historia, incluso pensamos en el sexenio pasado, en la acción de inconstitucionalidad en contra de la ley Atenco, o de la ley de seguridad interior, acciones de inconstitucionalidad ha habido muchas.
—En el TMEC vienen temas laborales, ¿cómo se compaginan con las normas mexicanas, dado que en algunos puntos podrían estarse violando algunas de ellas?
—En el caso mexicano, por la manera en que se celebran las normas o tratados internacionales, tenían una interpretación tradicional, es decir, el mismo rango que la ley federal. “
En el caso del TMEC, dejándolo así, es una norma general. Como norma general, se puede impugnar su inconstitucionalidad a partir, incluso, del juicio de amparo, no está por encima sólo por el hecho de que se trate de un acuerdo comercial.
“Cuando arranque el TMEC, se debe ver desde su propia normatividad.
“Se tiene que cuidar que las normas mexicanas no vayan más allá de lo que te faculta la ley, una norma oficial mexicana”.
La actualidad
El amparo legalmente sigue siendo el mismo, incluso hubo grandes reformas que nos llevaron a hablar de la novena o décima época en donde se podría decir que avanzamos, agrega.
En 2011 se dieron dos grandes reformas en la Ley de Amparo; una en materia de derechos humanos y otra en el Poder Judicial de la Federación.
A partir de esa reforma se modificó la Ley de Amparo que estaba en vigor desde 1936, se escribió una nueva para cambiar paradigmas, y en abril de 2013 la Suprema Corte trabajó en su integración, tomando una dinámica muy importante en beneficio de los derechos a partir de 2019, con la llegada del ministro Arturo Zaldívar, el ministro Luis María Aguilar Morales.
Hoy, la Suprema Corte ha sido totalmente sustituida, el diseño es absolutamente nuevo, incluso para mí, que me dedico a eso, me es muy difícil hacer un balance de cómo están las salas en la Corte en cuanto a criterios.
Por ejemplo, si tú pensabas en la Corte de 2011, 2012, era muy fácil decir la Primera Sala es muy progresista, porque en la Primera Sala están Zaldívar, Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero. Llegó Juan Silva, entonces era una sala muy progresista, todo lo que salía, salía de la Primera Sala.
Una más restrictiva o más ortodoxa era la Segunda Sala, hoy me cuesta mucho trabajo hacer ese balance porque todavía no he visto resultados, tenemos tres nuevos ministros básicamente, o sea, tres designados por el presidente y por este Senado, pues son el ministro Juan Luis González Alcántara, Yazmín Esquivel Mossa y la recién asignada Margarita Ríos-Fajart.
Yo creo que los tres son personas sumamente inteligentes, pero todavía no me atrevo a hacer un perfil de si están del lado más garantista, más proteccionista, más preautorizado, porque no hemos visto esta actividad de la Corte en los grandes temas de derecho, finaliza Claudia Aguilar.
“Cuando arranque el TMEC, se debe ver desde su propia normatividad”.