Hay que recordar que hace algunos años, de manera acertada, nuestro gobierno dividió el salario mínimo y le quitó la UMA.
¿Por qué? Todo lo que era multas, derechos, pagos de algunos créditos, se fundaban en salarios mínimos, entonces la Comisión Nacional de Salarios Mínimos decía: “No podemos dar grandes aumentos al salario mínimo porque está amarrado a muchos factores económicos”.
Entonces, en una decisión muy acertada, dijo el Gobierno Federal “vamos a sacar la UMA para pagar todos esos tipos de derechos, créditos y demás y que pueda crecer el salario mínimo”.
Desafortunadamente, seguimos teniendo el salario más bajo de América Latina, nada más nos superan increíblemente Cuba y Venezuela.
A partir de algunos años ha habido una política muy inteligente de ir subiendo el salario mínimo para que crezca la dignidad en los seres humanos y para que haya un crecimiento en la economía. Acertadamente se hace y viene en 2016, no obstante y a decir de diversos abogados laborales y el sector empresarial, un error de interpretación en donde el seguro social, su propio consejo técnico, dice: los patrones pagan la base máxima en UMAs y los empresarios pagamos las pensiones en UMAs, error gravísimo, porque la Ley del Seguro Social siempre actúa en función de salarios mínimos y en salario; de hecho, la manera en que pagamos el salario en el IMSS, en el seguro social, se llama salario base de cotización.
A partir del 23 de septiembre de 2019, el IMSS e ISSSTE deberán hacer frente a esta decisión de la SCJN
Salario significa pagos laborales, entonces acertadamente dice la Corte: está mal interpretado, si la base de que el trabajador está pagando su cuota está en salario, pues le tengo que pagar el salario. Es como si pagas una prima en un seguro y te cobran mil pesos mensuales y después te van a decir no, fíjate que hubo un cambio en la prima y te quieren pagar con menos, fue un error gravísimo que se fue llevando.
Afortunadamente llega la Corte y la diferencia, si el salario mínimo está más o menos en 102 pesos, la UMA está como en 84 pesos.
A decir del sector empresarial, el que la Corte esté interpretando de base los derechos de seguridad social, que se base en salario, no en UMAs, entonces son decisiones correctas; no obstante, el IMSS o el ISSSTE tienen que acatar dicha decisión pero no cuentan con el flujo para hacer frente al tema. El consejo técnico se debería reunir y decir: a partir de ya, porque así lo dice la jurisprudencia del 23 de septiembre, tenemos que cumplir